9 de febrero de 2011

ANMAT Prohíbe Comercialización y uso del LINDANO.

Imprimir

www.institutotaladriz.com.ar

ANMAT  Prohíbe Comercialización y uso del LINDANO.        


Ácaro causante de la Sarna.
La ANMAT informa que, a través de la Disposición Nº 617/2011, ha suspendido la comercialización y uso de las especialidades medicinales que contengan lindano como Ingrediente Farmacéutico Activo (IFA), en todas sus formas farmacéuticas, concentraciones y presentaciones.

El lindano se encuentra indicado para el tratamiento de escabiosis (sarna), particularmente en pacientes inmunodeprimidos (HIV), siendo también medicamento de segunda opción en el tratamiento de la pediculosis.

La medida adoptada se motiva en que, debido a su naturaleza lipofílica, el lindano se acumula en el tejido graso de todos los seres vivos, pudiendo llegar a producir efectos tóxicos graves.

Por tal motivo es que, en 1995, esta Administración ya había dispuesto la venta bajo receta de dicho principio activo (Disposición Nº 1612/95).
Además, ya desde 1996, por medio de la Disposición Nº 5104/96, los laboratorios titulares de certificados de medicamentos que contenían lindano se encontraban obligados a incluir en sus rótulos y prospectos, y en todo otro material informativo, los contenidos que figuraban en el Anexo I de dicha norma, que definía con precisión el modo de uso y el tiempo de aplicación del producto.

Por todo lo expuesto, se recomienda a los consumidores que se abstengan de adquirir y utilizar cualquier medicamento que contenga el principio activo en cuestión.